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martes, 28 de octubre de 2014

FUNCIONES DEL PERSONERO

Cumple las siguientes funciones:
·         Promover el cumplimiento de los derechos  y deberes  de los estudiantes, para lo cual podrá  utilizar los medios  de comunicación 
·         Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos  sobre lesiones  a sus derechos y las que formule cualquier persona.
·         Representar ante el Gobierno Escolar, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición, que considere.
·         Cuando  considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.


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